Di no al discurso de odio

Di no al discurso de odio

¿Sabes qué es el discurso de odio?. Se trata de cualquier tipo de comunicación que ataca o discrimina. Te explicamos un poco más en el siguiente texto.

El discurso de odio es cualquier tipo de comunicación o actitud ofensiva dirigida a una persona o a un grupo o individuo. Y que se basa en características inherentes, como la raza, religión o género, y que puede poner en peligro la paz social.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) señala que este concepto todavía se debate ampliamente. Sobre todo en relación con la libertad de opinión y expresión, la no discriminación y la igualdad. Sin embargo, el discurso de odio posee tres características esenciales.

 

Características del discurso de odio

Explica la ONU que se puede materializar en cualquier forma de expresión, incluidas imágenes, dibujos animados o ilustraciones, memes, gestos y símbolos, que pueden difundirse en Internet y fuera de él.

 

“Es discriminatorio, sesgado, fanático e intolerante o peyorativo, basado en prejuicios, despectivo o humillante de un individuo o grupo”.

 

Se centra, añade, en “factores de identidad” reales o percibidos de un individuo o grupo, que incluyen: “su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia o género”, pero también en otras características como su idioma, origen económico o social, discapacidades, estado de salud u orientación sexual, entre otras muchas.

 

Un ejemplo

Durante la reciente marcha en conmemoración por el 85 aniversario de la Expropiación Petrolera en el Zócalo de la Ciudad de México, un grupo de personas quemó una figura de papel, tela y cartón con la apariencia de la Ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña Hernández. De esta manera solicitaron su renuncia al cargo para el que fue electa recientemente en el Pleno.

 

El Instituto Nacional Electoral explica en el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las mujeres en razón de género que la violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer, y tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo. 

 

“La violencia política contra las mujeres puede incluir, entre otras, violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida”, destaca.

 

Conapred señala además que una narrativa de odio no es sólo un discurso de odio aislado en el tiempo, pues todos los relatos influyen en la exclusión antes y después de ese discurso. De manera que la narrativa es el mayor acto de exclusión al retomar de distintos momentos y contextos los argumentos, motivos, explicaciones y móviles para excluir. Y hacer del odio la herramienta para violentar los derechos humanos de una o más personas.

 

Di no al discurso de odio

 

¿Cuándo es violencia política contra las mujeres en razón de género?

Se trata de violencia política de género en contra de las mujeres cuando esta se dirige a una mujer por el hecho de ser mujer. Es decir, cuando las agresiones están especialmente orientadas en contra de las mujeres por su condición de mujer y por lo que representan en términos simbólicos, bajo concepciones basadas en estereotipos. 

También se habla de violencia política de género cuando existe un impacto diferenciado en las mujeres con respecto a los hombres, o bien, cuando las consecuencias se agravan ante la condición de ser mujer. 

 

La igualdad sustantiva

La participación plena de las mujeres en los espacios públicos solo será posible sin los obstáculos que aún existen para el ejercicio de sus derechos, principalmente, el derecho a una vida libre de violencia, a participar en la vida pública, en la política, sin recibir ningún tipo de violencia, como discursos de odio, que la ciudadanía tome conciencia de la importancia que tiene el impulsar la participación de las mujeres, que la ciudadanía ejercite la tolerancia, el respeto a la dignidad de todas

 

Medidas positivas contra el discurso de odio 

La Organización Article 19 indica que es crucial asegurarse de que las respuestas al discurso de odio cumplan con el derecho internacional de los derechos humanos. Las prohibiciones que censuran los puntos de vista ofensivos a menudo son contraproducentes para promover la igualdad, ya que no abordan las raíces sociales subyacentes de los distintos prejuicios que impulsan el discurso del odio. En la mayoría de los casos, la igualdad se promueve de mejor forma mediante medidas positivas que aumenten la comprensión y la tolerancia, más que a través de la censura.

 

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