Derechos Humanos de las Mujeres
Los derechos de las mujeres se consideran derechos humanos. Esta afirmación histórica y política aún se asume impertinente, incluso para los profesionales de la ley. Si los derechos son para todas las personas, ¿para qué habría de establecerse una distinción de sexo?
Comprender los Derechos Humanos de las Mujeres
Para la comprensión de la distinción de los derechos humanos de las mujeres, es necesario abrevar de la conformación histórica de los derechos universales establecidos en el marco internacional de los derechos humanos. Su origen se remonta a la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) de 1948, en cuyo preámbulo y artículo 1 se destaca que la dignidad humana, el valor de las personas, y, por tanto, los derechos, son iguales e inalienables para todos los seres humanos, principios fundamentales para la igualdad y la no discriminación.
En el artículo 2 establece que todas las personas tienen todos los derechos y libertades sin distinción de ninguna especie, como raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Derechos que son recogidos en los Pactos Internacionales de Derechos Sociales y Políticos (PIDSP), y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), de 1966.
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Los Derechos Humanos son universalmente aplicables
A pesar de la premisa de que los derechos humanos son universalmente aplicables, al fundamentarse en la dignidad e igualdad para todas las personas, los mecanismos establecidos para asegurar su cumplimiento no lograron eliminar la desigualdad social de las mujeres, derivada del papel asignado según su sexo en la estructura social.
Con el tiempo, esta desigualdad se ha reafirmado, destacando la marginación de las mujeres en comparación con los hombres. Esto ha llevado a que corrientes académicas y movimientos feministas, especialmente los radicales, cuestionen si la igualdad proclamada por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que incluye a mujeres y hombres, realmente abarca a las mujeres, porque a pesar de la existencia de estos instrumentos con las obligaciones impuestas a los Estados firmantes para su cumplimiento, las mujeres no tenían acceso a diversos ámbitos de la vida pública como los hombres y, tanto en lo público como en lo privado, continuaban siendo víctimas de abusos y violencia.
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Es necesario erradicar la discriminación
En ese contexto, los derechos proclamados para la humanidad en los instrumentos mencionados previamente no lograron, por sí mismos, transformar la situación ni conllevaron a la implementación de medidas públicas para contrarrestar la histórica discriminación y violencia dirigida hacia las mujeres, con sus consecuencias negativas con relación a otros aspectos de sus derechos. Esto se debe a que no basta con la declaración de derechos; es esencial que el Estado emprenda acciones concretas asumiendo la responsabilidad de erradicar cualquier forma de discriminación contra las mujeres.
En 1979, la Comisión Social y Jurídica de la Mujer (CSJM), vinculada a la Asamblea General de las Naciones Unidas, elaboró la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Este acontecimiento respaldó el impulso que la ONU proporcionó al desarrollo y los derechos de igualdad y no discriminación de las mujeres durante el decenio de la mujer en 1975, en respuesta a las crecientes demandas de organizaciones feministas.
La importancia de la CEDAW radica en ser el primer instrumento legalmente vinculante para los Estados, donde se especifica de manera precisa que los derechos universalmente establecidos también son aplicables a las mujeres en igualdad de condiciones con los hombres. Este tratado ha sido reconocido como la “carta fundamental de derechos de las mujeres” y ha sido suscrito y ratificado por 189 países, que lleva el objetivo de erradicar la discriminación histórica y sistémica contra las mujeres, con miras hacia la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, así como niñas y niños.
Fortaleciendo el avance de las mujeres
El Comité de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (COCEDAW), como mecanismo de supervisión, recibe y examina los informes presentados por los Estados partes sobre la implementación de medidas destinadas al avance de las mujeres y la aplicación del instrumento, ofreciendo sugerencias y recomendaciones generales.
En 1992, emitió la Recomendación General 19, donde afirmó que “la violencia contra la mujer constituye una forma de discriminación que impide gravemente que disfrute de derechos y libertades en igualdad con el hombre debido a su condición de mujer o que la afecta de manera desproporcionada”.
Además, señaló que la violencia contra la mujer, al menoscabar o anular el ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales según el derecho internacional o los diversos convenios de derechos humanos, constituye discriminación.
De esa manera el COCEDAW vincula la violación de derechos universalmente establecidos en los instrumentos de derechos humanos con la discriminación detallada en la Convención, pese a no ser un instrumento que aborde la violencia contra las mujeres, no obstante, esta conexión fue reconocida en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena en 1993, donde se proclamaron los derechos de las mujeres como derechos humanos en la Declaración y Programa de Acción de Viena.
En el punto 18, se establece que “Los derechos humanos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales”. Este avance se reflejó en la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (DEVCM), adoptada en diciembre de 1993, en la que se reitera que la violencia dirigida hacia las mujeres constituye una violación de los derechos humanos y libertades fundamentales.
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Inicio de el avance
Esta declaración marcó la inclusión de los derechos de las mujeres en el conjunto de los derechos humanos, reafirmando su humanidad y representando uno de los mayores logros de las teóricas y activistas feministas. Este hito estableció la base para la formulación de políticas públicas destinadas a proteger a las mujeres en medio de un contexto de violencia generalizada en todo el mundo.
En el Día Internacional de los Derechos Humanos, celebrado el 10 de diciembre, es imperativo recordar la ardua lucha de numerosas mujeres en todo el mundo para asegurar que el derecho a una vida digna, fundamental para la universalidad de los derechos humanos, también protegiera de manera específica a todas las mujeres.
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Autora: Beatriz López Castro / Colaboradora Mujeres de Paz
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