¿Es un padre responsable?, ¿Qué dice el Registro de Obligaciones Alimentarias?

¿Es un padre responsable?, ¿Qué dice el Registro de Obligaciones Alimentarias?

El Senado aprueba reformas a la Ley para aplicar restricciones a los padres morosos de manutención al momento de realizar diversos trámites, incluso para salir del país o contender por cargos de elección popular

Las y los niños y adolescentes tienen derecho a la educación, la salud, alimentación, al juego y la sana recreación, y también a contar con padres que se responsabilicen económicamente de ellos. Aunque este último derecho ya existía, este año el Senado de la República aprobó una reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que busca garantizar el derecho de las y los infantes a recibir alimentos. 

 

Registro de obligaciones alimentarias

Según reporta el Senado de la República, 7 de cada 10 hombres divorciados “dejan a las mujeres la responsabilidad de mantener a sus hijas e hijos”, por ello, la reforma a la citada ley integra la creación del Registro de Obligaciones Alimentarias como una medida de restricción para la realización de diversos trámites, obtención de documentos oficiales, e incluso, la posibilidad de contender por un cargo de elección popular. 

 

Con esta modificación a la ley, cada persona deberá presentar el Certificado de no inscripción al citado Registro para la realización de los trámites antes mencionados, así como permisos y licencias para conducir, trámite de pasaporte o documento de identidad de viaje, trámites ante notario, referentes a la compra-venta de inmuebles y cesión de derechos.

 

¿Cómo se aplica la restricción?

La reforma publicada el 8 de mayo de 2023 incluye en el artículo 135 Bis el citado Registro, mismo que concentrará la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, “a fin de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes”.

 

Los tribunales superiores de las entidades federativas y de la Ciudad de México contarán con información actualizada mes a mes sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, para ello utilizarán los instrumentos tecnológicos del Sistema Nacional DIF. La calidad de deudor moroso se difundirá públicamente en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, según señala la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

 

Candidatos deberán cumplir primero a sus hijos

Entre los trámites y procedimientos que podrán requerir la expedición de ese certificado se encuentran los siguientes: 

  • Obtención de licencias y permisos para conducir
  • Obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje 
  • Para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular
  • Para participar como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal
  • Los que se realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales
  • En las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene. 

 

Solo podrán salir del país si cumplen con la manutención

Las autoridades federales instrumentarán también las medidas de restricción migratoria para que ninguna persona inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias pueda salir del país, cuando: 

– Sea deudor alimentario moroso.

– Existan medios de prueba que permitan al Juez determinar la existencia de un riesgo importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión de pago. El impedimento para salir del país deberá ser solicitado por el acreedor o por quienes tengan su guardia y custodia ante el Juez correspondiente. 

 

El Registro estará disponible en un plazo máximo de un año y medio aproximadamente y concentrará la información de las personas que tengan una deuda de 90 días o mayor en el pago de las obligaciones alimenticias en favor de las niñas, niños y adolescentes.

 

Si bien estos registros ya existían en las entidades federativas, la creación de éste a nivel federal homologará el sistema de fortalecimiento para la ejecución oportuna del cumplimiento en el pago de la pensión alimenticia para las y los menores. 

 

A partir de la entrada en vigor de estas disposiciones, las autoridades podrán requerir certificados de no inscripción en el Registro para realizar diversos trámites, entre ellos, la obtención de licencias y permisos para conducir, pasaporte o documentos de identidad, así como para realizar actos en Notarías Públicas vinculados a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales.

 

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